Según el Derecho Civil, siempre hablando de Argentina, son muy pocos los bienes inembargables: ropa, cama, sepultura (!) y algunos otros indispensables. Pues bien, un fallo de la Sala IX de la Cámara del Trabajo determinó que la computadora personal es inembargable, en razón del decreto 554/97 -la segunda parte indica el año- que declara el acceso a internet como de interés nacional; siendo la computadora un elemento indispensable para usar internet, privar al usuario de ella sería privarlo de acceder a un bien de interés nacional.
Cabe aclarar que en el Derecho Continental (todo el mundo menos EEUU y el Reino Unido en resumidas cuentas) las setencias anteriores no son obligatorias para los jueces, es decir que, podrán aplicar jurisprudencia pasada a causas actuales o no, según su propio criterio.
Por otro lado, hablando un poco de Derecho Penal, para posibles “ciber-criminales” que estuvieran leyendo esto, tengan presente que si la policía ingresa a su casa y se llevan su CPU sin una respectiva orden de allanamiento, posteriormente su abogado podrá requerir la nulidad de todo el proceso, privando así al Estado de volver a juzgarlo por el hecho del que se lo imputaba (non bis in idem). Si bien estos tecnicismos generan una sensación de injusticia en gran parte de la población, vienen a frenar los abusos que países como el nuestro han sufrido en decadas pasadas, y consolidan el vivir en un Estado de Derecho.
Nadie se lleva mi PC!
Artículo BETA S.E.
Nota: El artículo es largo, si quieren obviar explicaciones varias, ejemplos y demás, vayan al final que están las conclusiones y algunas yapas…
¿Cuántas veces has escuchado la palabra Beta y no le has prestado atención?
La mayoría de los usuarios de este sitio son gente con conocimientos del mundillo de la informática, algunos geeks, otros son futuros geeks, y hay algunos pocos que caen por diversos motivos como ser amigos de los autores, novias (si, mi novia lee T_T… increíble!), y demás, por lo cual trataré de usar un buen cable a tierra para expresarme.
Los dos mundos
Las diferencias entre el “mundo real” y el “mundo virtual” son cada vez más notorias: en el primero rige el sistema capitalista (propiedad privada), protegido por un estado de derecho (Constitución, tratados, leyes).
En el segundo, muy por el contrario, encontramos un sistema anarquista-comunista, ya que hay ausencia de leyes (autorregulación por parte de los usuarios) y la propiedad resulta generalmente compartida. Lo particular del asunto es que históricamente nos han dicho que sería imposible vivir sin leyes ni propiedad privada: ¡CAOS! ¡Utopía! Fueron las palabras usadas para este tipo de sistemas.
Pero, ¿Es eso la red? ¿Cómo es posible que los propios capitalistas inviertan sumas siderales de dinero en un mundo diametralmente distinto al suyo? …

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